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El imv amplía su alcance a jóvenes de 23 años y más

El Gobierno de España ha aprobado una reforma del Ingreso Mínimo Vital (IMV) para 2026 que amplía su alcance a jóvenes de 23 años y más, siempre que acrediten independencia económica y otros requisitos específicos.

Una ayuda crucial para la emancipación juvenil

La emancipación de los más jóvenes en España se ha vuelto uno de los desafíos sociales más urgentes, no solo en el país, sino también en otras partes del mundo. El aumento del coste de la vivienda, la precariedad laboral y las dificultades para acceder a un empleo estable han empujado a una gran parte de la población joven a permanecer en el hogar familiar más allá de lo esperado.

La ayuda económica de hasta 733 euros mensuales es una prestación no contributiva gestionada por la Seguridad Social, cuyo objetivo es garantizar un nivel mínimo de ingresos a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.

Requisitos clave para acceder a la ayuda

Requisitos clave para acceder a la ayuda

Uno de los requisitos clave es la edad. En este caso, hay que tener 23 años o más, aunque se contemplan algunas excepciones desde los 18 años. Además, ha de presentarse como unidad económica independiente, aunque conviva con sus padres.

Eso quiere decir que deben garantizar que no compartan ingresos ni gastos estructurales con la unidad familiar y que hayan estado viviendo fuera del domicilio familiar durante un período mínimo previo, que varía según la edad (dos años si tiene entre 23 y 29 años o un año si tiene más de 30).

Más allá de la convivencia, la Seguridad Social exige que el solicitante haya demostrado cierta independencia económica, lo que generalmente se verifica mediante documentación como contratos de alquiler, empadronamientos propios, alta en la Seguridad Social o periodos cotizados que reflejen una vida laboral independiente.

Por otro lado, y como ocurre con el resto de beneficiarios del IMV, deben acreditar residencia legal y continuada en España durante al menos un año, salvo casos excepcionales; así como una situación de vulnerabilidad, lo que implica que los ingresos y el patrimonio neto estén por debajo de los límites fijados por la normativa del IMV.

Obligados a presentar la Renta

Todas las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta, requisito que se extiende a todos los miembros de la unidad de convivencia. Por tanto, todos deberán ajustar cuentas con Hacienda si no quieren que se pierda el cobro de la ayuda.

Plazos de solicitud y procedimiento

Plazos de solicitud y procedimiento

La solicitud del Ingreso Mínimo Vital se puede realizar de manera telemática, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. También es posible solicitarla presencialmente pidiendo cita en una oficina de la Seguridad Social.

El plazo de resolución máximo es de seis meses. Si transcurrido ese tiempo no se recibe respuesta, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo. En caso de que sea aprobada, el pago de la prestación se hace normalmente de forma mensual mediante transferencia bancaria.

La fecha de inicio del cobro suele ser el mes siguiente a la presentación de la solicitud.

Por supuesto, uno de los retos que enfrentar será que la prestación no se convierta en un sustituto de políticas activas de empleo o vivienda asequible, sino que ofrezca una red de seguridad para que los jóvenes puedan dar un paso adelante en su emancipación y en su carrera laboral.